CAPITULO X

ORIENTACIÓN Y SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL

 

Art. 101. Servicio de Orientación al Estudiante.

El servicio de orientación será prestado en todos los grados como contribución institucional al pleno desarrollo de la personalidad de los estudiantes, para ello los orientadores diseñarán un plan de trabajo que busque:

l Fortalecer las decisiones personales y asumir las responsabilidades.

l Desarrollar habilidades para la comunicación, la negociación y la participación en la vida

Académica, social y comunitaria.

l El trabajo en equipo y administración eficiente del tiempo.

l La solución de conflictos y problemas individuales, familiares y grupales.

l La Coordinación del Servicio Social Estudiantil S.S.E.

Art. 102. Todas las sedes y jornadas en sus diferentes áreas deben vincular a los estudiantes a la labor social, considerando sus aptitudes, habilidades, experiencias y expectativas.

Art. 103. Para el desarrollo del SSE el Departamento de Orientación entrega a las diferentes áreas y a cada estudiante un plegable con el resumen de la información para este servicio. Para observar y analizar el cumplimiento de la labor de los estudiantes en los diferentes contextos, se diligenciará una planilla de asistencia en la dependencia donde realice su práctica con las actividades cumplidas, criterios de evaluación, firma del docente responsable y observaciones necesarias

Parágrafo 1: Los estudiantes del SSE deben recibir una capacitación para poder colaborar en las áreas de apoyo, la capacitación debe ser impartida por el mismo docente o funcionario que recibe el servicio social.

Art. 104. REGLAMENTO INTERNO INSTITUCIONAL

1. ¿QUE ES? Es una actividad que realizan los estudiantes de noveno, décimo y undécimo, con el fin de propiciar soluciones a problemas de su comunidad, a partir de la solidaridad, la participación y la articulación de la teoría y la práctica.

2. PROPOSITO. «Integrarse, a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que llevan a cabo y desarrollar valores de solidaridad y conocimientos del educando respecto a su entorno»(Art. 39 Dto. 1860 de 38 1994)

3. AREAS DE APOYO. El SSE atenderá necesidades educativas, culturales y sociales como:

1. Lectura y escritura.

2. Promoción y preservación de la salud; prevención de enfermedades, hábitos de higiene

y alimentación.

3. Educación ambiental y mejoramiento del entorno.

4. Educación ciudadana: cultura de la legalidad, promoción y participación juvenil, resolución de conflictos y conciliación.

5. Recreación dirigida y actividades físicas: deportes, danzas, gimnasia.

6. Aplicación de fundamentos de gestión para el mejoramiento del servicio en áreas especificas.

7. Aplicación de principios de la convivencia, mediante el apoyo a la disciplina institucional.

8. También podrá realizarse con las siguientes entidades competentes. Policía Comunitaria, I.D.R.D., Patrulla Escolar y Proniño

4. TIEMPO DE DURACIÓN. De acuerdo con las disposiciones legales, el SSE tendrá una duración de 80 horas distribuidas así: mínimo 30 horas en grado 10° y ciclo 5 y mínimo 50 horas prácticas en grado 11 y ciclo 6.

5. REQUISITOS PARA PRESTAR EL SSE:

a. Ser estudiante de noveno, décimo ó undécimo.

b. Cada proyecto de área o dependencia deberá integrar estudiantes de los grados definidos para realizar actividades que contribuyan al logro de los objetivos del proyecto.

c. Las actividades deben estar coordinadas y supervisadas por los docentes o funcionarios

encargadas del proyecto, con precisión de tiempo, lugar, acciones, controles, propósitos, criterios de evaluación y número de estudiantes requeridos para la consecución de las metas previstas.

d. Para el cumplimiento del tiempo del SSE definido por ley, se dará prioridad al empleo de

la jornada contraria o los sábados, de acuerdo con lo estipulado por el coordinador de cada proyecto y la disponibilidad de tiempo para el trabajo con los estudiantes.

6. REQUISITOS PARA EL DESARROLLO DEL SSE

a. Portar el uniforme del colegio, ya sea el de diario o la sudadera y la jornada nocturna

excelente presentación personal.

b. Mantener un comportamiento acorde con los principios institucionales, sin interferir con el desarrollo de las actividades diarias del colegio.

c. Permanecer en el sitio de trabajo del SSE salvo autorización del coordinador y/o funcionario encargado del proyecto.

d. Mantener relaciones respetuosas con todas las personas de la institución.

e. Cumplir con las actividades asignadas por el coordinador del proyecto en forma responsable.

f. Cumplir en su totalidad con las disposiciones del Manual de Convivencia.

7. INSCRIPCIONES

Teniendo en cuenta los proyectos de las áreas o dependencias, los estudiantes se inscribirán según sus intereses y capacidades, en la cuarta semana de actividad académica, en planillas elaboradas para tal fin y que se ubicarán en Orientación. Quienes no se inscriban dentro del plazo señalado deberá(n) presentar solicitud escrita debidamente firmada por los padres, en la que se especifique la razón de la no inscripción y el compromiso de cumplir el reglamento del SSE.

Finalizado el anterior plazo, los estudiantes no inscritos deberán hacer su Servicio Social Estudiantil en una de las instituciones competentes previamente mencionadas.

8. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO

Serán expedidas por la secretaria de la institución previa constancia firmada por el (la) Orientador(a) responsable en cada jornada, luego de la revisión de la carpeta del estudiante, que debe contener la siguiente información:

a. Nombre del estudiante, numero de documento válido de identidad, curso, nombre del proyecto de área o dependencia en el que se vinculó.

b. Copia del reglamento de prestación de SSE debidamente diligenciado y firmado por los padres y el estudiante, como evidencia del conocimiento y aceptación del mismo.

c. Copia del proyecto con su correspondiente plan operativo, al que se vinculó el estudiante, con la carta de presentación y aceptación firmada por el (los) responsable(s) del proyecto.

d. Formato de control con fechas, horario de servicio y firma del docente o funcionamiento

responsable del proyecto que certifique su cumplimiento.

e. Para los estudiantes de undécimo en la carpeta deben presentar copia de carta de aceptación, registro de asistencia y plan operativo del año anterior, más los documentos solicitados para el año lectivo.

f. Para los estudiantes de noveno que presten el SSE en proyectos interinstitucionales, podrán completar el número de horas exigidas en grado décimo.

9. CRITERIOS DE CERTIFICACIÓN

a. El estudiante que no cumpla con la intensidad horaria definida (30h. en 10° y 50° h. en 11°) NO RECIBIRÁ EL GRADO DE BACHILLER, al cual podrá acceder posteriormente cuando cumpla el procedimiento definido en el presente reglamento. Los estudiantes de 9° grado que se vinculen a los proyectos interinstitucionales, podrán terminar el SSE en 10° con el visto bueno de la rectoría.

b. El estudiante tiene derecho a tres fallas justificadas con sus respectivos soportes.

c. Quien abandone el SSE, al que se inscribió de acuerdo a sus intereses perderá el número de horas y solo tendrá una oportunidad de realizarlo según necesidades de la institución, siendo reasignado por orientación.

d. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos del numeral 6 acarreará la pérdida de las horas respectivas del día; si se incumple en más de 3 ocasiones se cancelará el SSE.

e. El último día del mes de Octubre es el límite para la prestación del SSE e iniciar los trámites de certificación.

f. Finalizado el SSE en cualquier época del año, el estudiante debe tramitar la certificación cumpliendo con los requisitos establecidos.

10. SUPERVISIÓN Y CONTROL

La coordinación académica tiene la obligación de hacer supervisión y control en cualquier etapa de la prestación del SSE.

11. CONVALIDACIÓN

Los estudiantes que ingresen a la institución al grado Undécimo, deben incorporar a la carpeta la certificación original especificando el número de horas realizadas en grado décimo con la firma del representante legal de dicha institución. Será valederas las horas correspondientes al grado décimo y las de undécimo deben ser desarrolladas en el año en curso (50 horas).