VISIÒN
Contribuir en la construcción de proyectos de vida, que conlleven a la realización personal en pro del beneficio asocial.
MISIÒN
Generar acciones que contribuyan a mejorar la calidad de vida y el crecimiento personal e intelectual de los integrantes de la comunidad educativa.
OBJETIVO
Fomentar en la comunidad educativa un clima de bienestar personal y social, para contribuir en la formación integral.
MARCO LEGAL
El departamento de orientación está reglamentado por el artículo 40 del decreto 1860. Artículo 92 de la ley general de educación
INTERVENCION
Consejo Académico
Comisión de evaluación
Trabajo en el cadel y red local –orientación
Contactos interinstitucionales